El Gobierno nacional formalizó este martes los requisitos para el retorno al trabajo presencial de los empleados estatales a partir del 1° de septiembre de 2021. La medida ya fue publicada en el Boletín Oficial, lo que la volvió oficial.
La medida se adoptó por la resolución 91/2021, que fue firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ana Castellani. Comprende a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional del país.
En el texto publicado este martes se señala que «serán convocables al retorno a la actividad laboral presencial los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19«, sin importar la edad o la condición de riesgo de la persona, luego de 14 días posteriores a la inoculación.
La modalidad de prestación de trabajo deberá ser notificada por un superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento, pero quedan exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial quienes experimenten inmunodeficiencias, categoría que comprende a los pacientes oncológicos o con HIV, a trasplantados y a personas gestantes.
El trabajo remoto se mantendrá cuando, por la adecuación a los protocolos de cuidado contra el Covid-19 aprobados por la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, o por aquellos que fueren aplicables según la normativa vigente, sea necesaria la alternancia de la modalidad presencial.
En estos casos de alternancia entre presencialidad y trabajo remoto, en el marco de la adecuación a la denominada «presencialidad programada», se deberán contemplar «las situaciones de las madres, padres, encargados o tutores de niñas y niños de hasta 13 años inclusive, que asistan alternadamente a los establecimientos educativos».