
La Municipalidad de General Lavalle estableció que prohíbe y multa el uso de todo tipo de pirotecnia.
La Ordenanza va en coincidencia con el desaliento y las recomendaciones de la sociedad argentina de Pediatría para proteger a los niños y adultos.
La norma también busca cuidar a los animales domésticos y silvestres y, también, los recursos naturales que se encuentran en la zona y que podrían verse afectados por un eventual incendio forestal originado por los restos de estos elementos explosivos.
De esta manera, queda prohibido en el Partido de Lavalle el uso, la comercialización, fabricación, depósito, circulación, transporte, venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea de venta libre o no, y/o de fabricación autorizada.
Esto alcanza fundamentalmente aquellos que pueden producir combustión o explosión, efectos visibles y audibles, o solo efectos audibles, elaborados con explosivos o sustancias similares, estando incluidos todos aquellos que se enciendan o acciones mediante el uso de la mecha, por fricción o impacto.
Están exceptuados los que solo produzcan efectos visibles y lumínicos. Aquellos que incumplan pueden ser sancionados con fuertes multas.