A través de la Resolución 498/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Turismo y Deportes estableció que las agencias de viajes autorizadas para el turismo estudiantil deberán ofrecer a los estudiantes “la reprogramación de los servicios turísticos cuya realización o prestación se haya visto impedida con motivo de las restricciones ambulatorias dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional, en el marco de la pandemia por coronavirus”.
Las personas afectadas podrán repogramar el viaje o solicitar el reintegro de lo abonado en un principio, con el riesgo de que la agencia de turismo retenga hasta un 25% del precio abonado.
La reprogramación de los viajes deberá efectuarse en un plazo de 12 meses “posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas” y deberá tener «al menos dos fechas e itinerarios alternativos para la realización de los viajes, en un plazo máximo de 60 días corridos desde el levantamiento de las medidas restrictivas de circulación”.