En el marco de inspecciones de rutina, personal de la Policía Comunal acompañado por un agente de la Dirección de Inspección se presentó en un baile organizado en el Club Huracán y se constató la presencia de menores en horario no permitido.

Debido al incumplimiento de la ley de nocturnidad Nº 1.4050 se labró el acta correspondiente y se procedió a la clausura del lugar.

Dichas inspecciones continuarán realizándose de manera periódica por lo que se recomienda a los responsables el estricto cumplimiento de las leyes y ordenanzas vigentes.

Cabe recordar que esta ley provincial comprende los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, lugares cerrados y al aire libre, “cualquiera fuera su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora”.

Estos lugares están obligados a admitir la entrada hasta las 02 y a finalizar sus actividades a las 05:30, horario que puede estar sujeto a ser extendido hasta las 06:30 por razones estacionales y/o regionales.

En ellos, la venta de alcohol puede efectuarse hasta las 4.30 y exceptuando los restaurantes, el expendió de alcohol no puede hacerse en recipientes que superen los 350 mililitros de capacidad. Además, se prohíbe la venta de energizantes y/o suplementos dietarios.

Los menores de entre 14 y 17 años solo podrán permanecer en los establecimientos mencionados entre las 18 y las 23. Estos locales deben abrir sus puertas a partir de las 17.30 para que padres, tutores o responsables legales tengan la posibilidad de revisar las instalaciones. Allí no se venderá alcohol. Aquellos menores de entre 14 y 17 años no podrán concurrir simultáneamente con mayores de 18 años a los locales bailables.

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