La devolución del 15% del monto total de los consumos con tarjeta de débito alcanza a personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo, así como a titulares de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y Embarazo (AUE).
En julio de este año, el organismo el organismo había extendido el beneficio hasta el 31 de diciembre, mediante la Resolución General 5023/2021. En aquella normativa se fijó que el monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $ 1.200 por beneficiario.
Quienes perciban dos o más prestaciones ya sea AUH, asignaciones por embarazo y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo el reintegro no podrá superar los $ 2.400.
Asimismo, en la última modificación se había incorporado en el listado de Actividades Económicas Comprendidas las compras por menor de productos farmacéuticos y de herboristerías, como así también las de productos cosméticos, de tocador y de perfumería.
Entre marzo y octubre de 2020 el régimen de reintegro para los sectores vulnerados había representado un impulso adicional a la demanda por más de $ 3.300 millones.
Este instrumento fue establecido por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, y forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el efecto de la pandemia de coronavirus.
Los reintegros se acreditan en forma automática cuando las personas jubiladas, pensionadas y titulares de la AUH y la AUE realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben sus prestaciones.